AGENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL
La Secretaría de la Función Pública (SFP) ha presentado un Protocolo de Actuación ante posibles casos de violencia laboral con perspectiva de género.
2018 · 34 pages

Abstract
Este instrumento tiene como objetivo contribuir a la gestión, procedimiento y tratamiento de posibles casos de violencia en el ámbito laboral, para los Organismos y Entidades del Estado. La violencia laboral es un problema que afecta al servidor público, independientemente del tipo de vínculo o nivel jerárquico, y puede tener consecuencias en su desempeño, rendimiento y clima laboral. El acoso laboral, por ejemplo, vulnera los derechos de las personas y puede influir en la calidad y calidez de los servicios que ofrece el servidor público a la ciudadanía. El Protocolo ha sido elaborado participativamente, mediante una Mesa Interinstitucional conformada por referentes institucionales del Ministerio de la Mujer (MM), Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), de la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS) y de la Secretaría de la Función Pública (SFP), con el acompañamiento inicial de representantes del Ministerio Público. La Secretaría de la Función Pública es el organismo rector de las políticas de gestión de personas al interior del Estado, y en consonancia con los mandatos contemplados en la Ley 1626/2000, De la Función Pública, deberá establecer políticas específicas para la implementación de la Ley 5777/2016, De Protección Integral a las Mujeres Contra Toda Forma de Violencia. El Protocolo define la violencia laboral como “toda acción, incidente o comportamiento que se aparta de lo razonable mediante la cual una persona es agredida, amenazada, humillada o lesionada por otra en el ejercicio de su actividad profesional o como consecuencia directa de la misma”. La violencia laboral suele ejercerse de forma psicológica, manifestándose de forma más sutil y menos visible, causando daños a la salud mental y física de las personas. El Protocolo establece un procedimiento para la actuación ante casos de violencia laboral, que incluye la denuncia, el procedimiento abreviado y el procedimiento formal. También establece garantías para las personas que denuncian la violencia laboral y mecanismos de divulgación, seguimiento y evaluación del Protocolo. La Secretaría de la Función Pública ha agradecido al apoyo técnico y financiero de la Agencia de los Estados Unidos de América para el Desarrollo Internacional (USAID / Paraguay), que a través del Programa de Democracia y Gobernabilidad, implementado por el Centro de Estudios Ambientales y Sociales (CEAMSO), ha hecho posible el diseño de este importante instrumento. El Protocolo ha sido formalizado por acto administrativo, mediante Resolución de la Secretaría de la Función Pública N° 0387/2018, de fecha 08 de junio de 2018.
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