USAID DEC
La estructura básica de las audiencias preliminares en el Código Procesal Penal (CPP) se refiere a la solicitud de medidas para la investigación de delitos.
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Abstract
La orden de allanamiento es una medida que permite a las autoridades acceder a un inmueble para recopilar pruebas o realizar una detención. Para solicitar una orden de allanamiento, el fiscal debe presentar ante el juez una petición que incluya la descripción del lugar a allanar, el motivo por el que se solicita la medida y la justificación de la necesidad de la misma. El fiscal también debe proporcionar elementos de investigación que respalden la solicitud, como declaraciones testimoniales, informes policiales y elementos materiales de convicción. La orden de allanamiento debe ser autorizada por el juez, quien debe evaluar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida. La idoneidad se refiere a si la medida es adecuada para lograr los fines que se pretenden con la misma. La necesidad se refiere a si la medida es necesaria para la investigación del delito y si no existe otra medida que pueda lograr los mismos resultados. La proporcionalidad se refiere a si la medida es razonable en relación con el derecho a la justicia o el derecho de las víctimas de obtener verdad y justicia frente al derecho a la intimidad e inviolabilidad del domicilio, la libertad o el respeto de las formas del testimonio. En caso de que el imputado se encuentre en el extranjero, se puede solicitar una orden de detención internacional a través de INTERPOL. El fiscal también debe informar al juez sobre el resultado de la diligencia dentro del período de tiempo señalado en la ley. En general, la estructura básica de las audiencias preliminares en el CPP se centra en la solicitud de medidas para la investigación de delitos y la evaluación de la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las mismas por parte del juez.
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