USAID DEC
La función del fiscal dentro del proceso penal en Guatemala se encuentra regulada por la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley del Organismo Judicial, la Ley orgánica del Ministerio Público y el Decreto 57-2019.
2019 · 26 pages

Abstract
El Ministerio Público Fiscal investiga los delitos de acción pública y de acción pública previa instancia particular, ejerciendo la acción correspondiente en defensa de la legalidad. La investigación y litigación estratégica en delitos menos graves es una de las áreas de enfoque del Ministerio Público Fiscal. En este sentido, se ha diseñado un modelo de atención para dar respuesta a los casos de delitos menos graves, con el propósito de atender los requerimientos de acceso a la justicia de los gobernados. Este modelo se basa en la aplicación de salidas alternas como la conciliación, siempre que no implique una presión o sometimiento para la víctima u ofendido con tal de resolver el caso y/o una justificación para que el procesado delinca en aras de cumplir el acuerdo. La formación integral e integrada del personal de las agencias fiscales en municipio es fundamental para garantizar el cumplimiento de las funciones, atribuciones, facultades y mandatos del Ministerio Público Fiscal en defensa de la legalidad. El cumplimiento de lo anterior implica un alto grado de conocimiento jurídico para analizar integralmente los hechos, coadyuvado por habilidades y destrezas en el manejo de las relaciones interpersonales. En la actividad formativa "Taller Función del Fiscal dentro del Proceso Penal" -Fase 2-, se privilegiará una metodología ecléctica, de casos y eminentemente participativa, que permita la implementación de un enfoque andragógico, constructivista y por competencias. Se aplicarán recursos, técnicas y herramientas didácticas, tales como exposiciones magistrales dialogadas con elaboración de esquemas o mapas mentales, videos para planteamiento de casos, panel fórum, construcción de documentos, simulaciones y dramatizaciones. El proceso de aprendizaje de las personas adultas se rige por los siguientes principios: relevancia, ritmo de aprendizaje, pertinencia, protagonismo, participación, equidad, aprendizaje cooperativo y horizontalidad. La formación de personas adultas implica que el capacitador debe responder a sus necesidades, aspiraciones y expectativas, y que las personas adultas son sujetos y protagonistas de su propio proceso de aprendizaje. La formación integral e integrada del personal de las agencias fiscales en municipio se basa en la aplicación de un enfoque andragógico, constructivista y por competencias. Se busca dotar a los participantes de herramientas para el trabajo cotidiano, y se privilegiará una metodología ecléctica, de casos y eminentemente participativa. Se aplicarán recursos, técnicas y herramientas didácticas, tales como exposiciones magistrales dialogadas con elaboración de esquemas o mapas mentales, videos para planteamiento de casos, panel fórum, construcción de documentos, simulaciones y dramatizaciones. La formación de personas adultas implica que el capacitador debe responder a sus necesidades, aspiraciones y expectativas, y que las personas adultas son sujetos y protagonistas de su propio proceso de aprendizaje. Se busca dotar a los participantes de herramientas para el trabajo cotidiano, y se privilegiará una metodología ecléctica, de casos y eminentemente participativa.
Connected topics
Classification