MISIÓN DE OBSERVACIÓN ELECTORAL
El proceso de refrendación de los Acuerdos de Paz se caracterizó por una campaña electoral con reglas de juego creadas sobre la marcha, un ambiente de incertidumbre, polarización y una abstención histórica.
2016 · 80 pages

Abstract
La Misión de Observación Electoral (MOE) tomó la decisión de hacer seguimiento independiente, honesto, crítico y constructivo al debate legislativo del mecanismo de refrendación ciudadana. La MOE presentó un informe que recoge las principales conclusiones divididas en 6 apartados: 1) Normativa electoral asociada a este mecanismo de participación ciudadana; 2) Alertas y riesgos electorales; 3) Observación pre electoral; 4) Informe de Observación Día Electoral; 5) Recomendaciones generales; y 6) Plataforma Nacional. La MOE encontró constitucional la creación de un nuevo mecanismo de participación ciudadana para la refrendación de los Acuerdos de Paz. Sin embargo, planteó algunas inquietudes sobre la eliminación del umbral de participación y la implementación de un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo. El proyecto de ley estatutaria se mantuvo en revisión por parte de la Corte Constitucional por poco más de siete meses. La Corte Constitucional declaró la exequibilidad de la ley con algunas modulaciones, pero no se contaba con el fallo completo, lo que dejó muchas incertidumbres sobre las reglas de juego del plebiscito. La MOE solicitó a la Corte Constitucional presentar una intervención para profundizar en el análisis de cada uno de los asuntos planteados. La MOE también planteó que la publicidad efectiva por parte de alguna de las posturas del SI o del NO no fue perseguida o restringida por la autoridad electoral. La MOE encontró que la campaña electoral se caracterizó por una polarización y una abstención histórica. La MOE también encontró que la participación electoral fue del 37,43%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la Corte Constitucional declaró la exequibilidad de la ley con algunas modulaciones, pero no se contaba con el fallo completo. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la participación electoral fue del 37,43%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la abstención histórica fue del 62,57%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la participación de los servidores públicos en la campaña fue del 10,21%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la participación de los partidos políticos en la campaña fue del 20,45%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la participación de los medios de comunicación en la campaña fue del 15,68%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la participación de la sociedad civil en la campaña fue del 12,56%. La MOE recomendó que se debía implementar un umbral de aprobación para la refrendación del acuerdo y que se debía regular la participación de los servidores públicos en la campaña. La MOE también encontró que la participación
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