Requisitos para solicitar el otorgamiento de la personería jurídica de una Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD)
Sign inFEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS
PAGO DE TRANSFERENCIAS MUNICIPALES 2016 La Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización aprobó un presupuesto de L.
2016 · 4 pages

Abstract
5,021,067,532.00 millones de lempiras para el año 2016, de los cuales L. 4,760,000,000.00 millones están asignados para pagar a las 298 municipalidades del país por concepto de transferencia municipal. El Gobierno Central tiene esperado pagar por trimestre del 2016 L. 1,190,000,000.00 millones de lempiras. En los meses de enero, febrero y marzo de 2016, el Gobierno Central a través de la Secretaría de Finanzas realizó pagos a las alcaldías por concepto de transferencia municipal L. 367,006,435.85 millones de lempiras, correspondiente a los complementos de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2015. Hay un monto pendiente por pagar de pago transferencia municipal de la gestión año 2015 de L. 376,538,033.54 millones de lempiras hasta el 31 de marzo de 2016. Las municipalidades pendientes de entrega de información sobre la rendición de informes para liquidar los pagos por concepto de Transferencia Municipal y pendientes de autorizarles al primer trimestre 2016 son 40 alcaldías. En el año 2014 solo la municipalidad de La Ceiba debía informes, mientras que en el año 2015, 4 alcaldías debían informes de rendición correspondiente a todo el año y 8 alcaldías solo pendiente el cuarto trimestre. El Estado ha efectuado pagos a las municipalidades correspondiente a los meses de enero y febrero gestión 2016 de L. 604,178,142.11 millones de lempiras. El porcentaje de ejecución de la transferencia de recursos financieros del Gobierno Central a las alcaldías es 1.40% en relación al 11% correspondiente al 2016, sustentado por la Ley de Municipalidades en su artículo 91. REQUISITOS PARA SOLICITAR EL OTORGAMIENTO DE LA PERSONERÍA JURÍDICA DE UNA ORGANIZACIÓN NO GOVERNAMENTAL DE DESARROLLO Para solicitar el otorgamiento de la personería jurídica de una Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD), los interesados deben entregar en debida forma a través de un representante legal (abogado) la siguiente documentación en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización: * Carta de Poder debidamente autenticada por notario público. * Certificación de Acta de Constitución de la Asociación, que contiene la elección de Junta Directiva, aprobación de estatutos y autorización para que el Presidente confiera poder a un profesional del Derecho para que realice los trámites correspondientes ante SDHJGD. * 2 ejemplares de Estatutos en físico y 1 (uno) en digital CD. * Timbre de L. 10.00. * Fotocopias de tarjeta de identidad de los miembros de la Junta Directiva u análoga debidamente autenticadas por Notario Público. La secretaría a lo interno hace varios trámites para resolver y dar por aceptada la petición de los miembros de la nueva ONGD, teniendo un tiempo de 60 días para ofrecer la certificación. Los siguientes pasos para seguir el trámite son: * Gobernación con la certificación de la personería jurídica remite a la Unidad de Registro de la Asociaciones Civiles (URSAC) para el debido registro, entregándole al representante legal la constancia que acredita el registro. * Luego con la personería jurídica se prosigue a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta (este trámite está en proceso de suprimirse mediante un Acuerdo SDHJGD en espera de la publicación de la Gaceta). * Con la publicación, y la demás documentación se registra en el Instituto de la Propiedad, dicho trámite tarda lo máximo 3 semanas. * Luego con el registro de la ONGD en el Instituto de la Propiedad, publicación de Gaceta, personería jurídica y demás documentos se inscribe en la Dirección Ejecutiva de
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