La política minera, la protección ambiental y los derechos territoriales indígenas en la Amazonia colombiana
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La Amazonia colombiana es una de las regiones del país con mayor diversidad cultural y biológica.
2016 · 42 pages

Abstract
En el caso colombiano, esta diversidad ha estado protegida por una política de conservación y derechos territoriales que se destaca a nivel de América Latina por su garantismo. Esta política se ha traducido en la declaratoria de millones de hectáreas de resguardos indígenas y áreas protegidas en la región, lo cual ha devuelto que casi el 66% del territorio amazónico esté por fuera del comercio. En virtud de esta política se han declarado 185 resguardos que ocupan 26,2 millones de hectáreas equivalentes al 54,18% del territorio amazónico. Asimismo, 17 de las 59 áreas protegidas nacionales del país (14 parques nacionales, 2 reservas naturales y un santuario de flora) están en la Amazonia y ocupan 8.344.411 hectáreas equivalentes al 17,27% del territorio amazónico y al 73% de las áreas protegidas terrestres nacionales. Igualmente, la Reserva Forestal de la Amazonia, creada por la Ley 2 de 1959, es otra categoría de manejo que cuenta con una superficie de 43.959.737 hectáreas, de las cuales se han sustraído 6.115.213. Entre todas estas categorías hay traslapes en 4 millones de hectáreas. La Amazonia es un entorno extremadamente frágil y por lo tanto las intervenciones que en ella se hagan pueden llegar a tener graves consecuencias ambientales y sociales. La minería, por ejemplo, es una actividad que puede producir importantes impactos. En las últimas dos décadas, la industria minera se ha convertido en uno de los motores del modelo de desarrollo económico nacional. Esta apuesta se ha traducido en distintas normas y políticas que a menudo entran en tensión con distintas políticas ambientales y territoriales, lo cual es especialmente evidente en la Amazonia. Adicionalmente, el aumento de las actividades de minería ilegal en la región también ponen a prueba la consistencia y eficacia de las políticas de protección ambiental y de los derechos territoriales de las comunidades locales. El informe se divide en cinco secciones. En primer lugar, se muestra un contexto general de la política y la legislación minera colombiana, haciendo énfasis en las disposiciones de esta normatividad que son particularmente relevantes para la región amazónica con especial énfasis en el departamento de Amazonas. Posteriormente, se presentan el marco normativo de las obligaciones de protección ambiental de esta región y de los derechos territoriales de las comunidades amazónicas. Luego, se contrasta ambos conjuntos de regulación: el minero, por un lado, y el de derechos territoriales y de conservación ambiental, por el otro. Concluimos que hay múltiples tensiones y vacíos normativos y de política que acrecientan la vulnerabilidad de la Amazonia y sus comunidades de cara a la minería legal e ilegal en la región. La política minera en Colombia ha sufrido múltiples reformas en las últimas décadas. En 1969 se expidió la Ley 20 de 1969, por la cual se dictan algunas disposiciones sobre minas e hidrocarburos. Esta norma estableció la propiedad de todas las minas en cabeza de la Nación, sin perjuicio de los derechos constituidos a favor de terceros y reconoció el carácter de utilidad pública e interés social de la actividad minera en todas sus ramas. Posteriormente, en 1988 se expidió el Decreto 2655 de 1988 que derogó la citada Ley 20 y se constituyó como el primer Código de Minas formalmente establecido. Esta normatividad afirmó la propiedad de los recursos del subsuelo en cabeza del Estado y permitió la participación estatal en la minería bajo el sistema de los aportes. Sin embargo, el contexto político y macroeconómico ha llevado a la implementación de políticas y normas que a menudo entran en tensión con las políticas ambientales y territoriales de la región. La minería legal y la minería ilegal en la Amazonia colombiana han tenido importantes impactos ambientales y sociales. La minería legal ha sido regulada por la Ley 20 de 1969 y el Decreto 265
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